Aunque el nuevo esquema del Impuesto a los Ingresos Personales, tal como se denomina el Impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría, plantea un esquema mucho más progresivo que el anterior, por otro lado, se eliminan casi todas las excepciones que hacía que los sindicatos pudieran negociar con las empresas incrementos de salarios sin que ellos fueran alcanzados. Entre ellos, las horas extra y viáticos.
Esto es así porque desde ahora en más, según lo indica la ley, la base imponible del tributo va a estar integrada por el salario y casi cualquier importe que se le dé del empleado fuera de este. La ley es taxativa al mencionar todos los posibles conceptos incluidos e indicar que ninguna otra ley o definición de jueces provinciales o de la Ciudad de Buenos Aires pueden fijar excepciones, salvo las que disponga la norma misma.
Solo dos quedaron en pie, una que alcanza a los trabajadores petroleros pero que operen en “boca de pozo”. No quedan alcanzados los empleados administrativos. Tampoco quedarán alcanzadas las sumas extraordinarias que gane el personal de las campañas antárticas.
El gobierno dio a conocer este lunes el decreto reglamentario de la nueva ley, aunque para que los empleadores puedan comenzar a practicar las retenciones de sus empleados la AFIP tienen que publicar, se supone de manera inminente, la resolución general correspondiente y poner en su sitio web el nuevo aplicativo.
La nueva ley tiene como ventaja que es más progresiva. Se comienza ahora con una alícuota del 5% en la primera categoría, desde los $1,45 de salario de bolsillo para un empleado soltero. En la última escala se paga 35%, pero el salto entre cada eslabón es más largo.
Los contadores públicos y asesores tributarios advierten que hay un muy tiempo exiguo para hacer esa tarea y liquidar los salarios de julio, que son los que quedarán alcanzados. Sobre todo, y en el caso de las empresas grandes, hay que modificar el software de las compañías para adaptarlos a las nuevas disposiciones. En el caso de las empresas chicas es probable que la firma pueda hacer la liquidación de manera manual. En el caso de las grandes, si no están listos el software, es probable que hagan una retención por un importe estimado. Lo que se quiere evitar que por no contar con las herramientas, no se practique la retención para los salarios de julio, que se pagan en agosto, y luego en septiembre se tenga que hacer dos descuentos juntos.